ISR sobre sueldos y salarios: cómo se retiene
Cada vez que paga la nómina, el patrón actúa como retenedor del Impuesto sobre la Renta de su personal. Debe calcular la retención con la tarifa vigente, aplicar el subsidio cuando corresponda, enterarla al SAT y comprobarla con el CFDI de nómina. Esta guía explica la mecánica con un ejemplo y los errores que más se repiten.
Qué obligaciones tiene el patrón como retenedor
La Ley del ISR obliga a quienes pagan sueldos y salarios a retener y enterar el impuesto, a expedir el CFDI de nómina y, al cierre del año, a calcular el impuesto anual de las personas que corresponda. Si el patrón no retiene, responde por el impuesto omitido, con actualización y recargos.
Qué ingresos se consideran y cuáles están exentos
Se grava el total de percepciones del periodo, excepto las que la ley declara exentas o con una parte exenta.
- Aguinaldo: exento hasta 30 UMA al año
- PTU: exenta hasta 15 UMA
- Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA
- Tiempo extra y prima dominical: con límites de exención
- Indemnizaciones y prima de antigüedad: exentas hasta 90 UMA por año de servicio
- Previsión social: exención con topes y requisitos de generalidad
Lo que exceda de cada límite forma parte del ingreso gravable. Los valores de la UMA cambian cada año.
Cómo se calcula la retención del periodo
Para un pago ordinario, se suman las percepciones gravadas del periodo y se aplica la tarifa que corresponde a la periodicidad (semanal, quincenal, mensual). El procedimiento es el mismo en cada caso.
- Ingreso gravable del periodo
- − Límite inferior de la fila de la tarifa
- = Excedente sobre el límite inferior
- × Porcentaje sobre el excedente
- + Cuota fija = ISR causado
- − Subsidio para el empleo, si aplica = ISR a retener
Ejemplo con cifras hipotéticas (no son las de la tarifa vigente): ingreso gravable mensual de $15,000, fila con límite inferior de $10,000, cuota fija de $1,000 y 20% sobre el excedente. Excedente = $5,000; ISR = $5,000 × 20% + $1,000 = $2,000.
Pagos eventuales: aguinaldo, PTU y bonos
Los pagos que no son del periodo ordinario, como el aguinaldo, la PTU, los bonos extraordinarios y las indemnizaciones, se retienen con procedimientos especiales que prevé el Reglamento de la Ley del ISR. Estos métodos evitan que un pago único dispare la retención por caer en una fila alta de la tarifa. Tu sistema de nómina debe tener configurado el método correspondiente.
Subsidio para el empleo
Cuando el decreto vigente lo prevé, el subsidio para el empleo reduce el ISR a cargo de las personas con menores ingresos. Debe aplicarse con la tabla del periodo, mostrarse en el CFDI como otro pago con su clave y, si el subsidio supera el impuesto, se paga la diferencia a la persona. Verifica cada año si el decreto sigue vigente y con qué reglas.
Cuándo y cómo se entera
El ISR retenido se paga mediante la declaración provisional mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Se acredita contra el CFDI de nómina y no debe confundirse con el ISR propio de la empresa. Conserva el acuse y la línea de captura de cada pago.
Cálculo anual y cierre del ejercicio
Al terminar el año, el patrón debe calcular el impuesto anual de quienes le prestaron servicios durante todo el ejercicio, de quienes lo soliciten y de quienes cumplan los supuestos de la ley. Se acumulan los ingresos, se aplican las deducciones personales que se hayan entregado a tiempo, se compara contra lo retenido y se ajusta la diferencia en diciembre o en enero. Un ajuste bien hecho evita que la persona tenga que corregir por su cuenta.
Errores frecuentes
Usar una tarifa vencida, aplicar el subsidio a quien no cumple, no gravar el excedente de los límites exentos, no actualizar el valor de la UMA al iniciar el año, retener sobre un periodo equivocado y enterar tarde. Una conciliación mensual entre nómina, CFDI y declaraciones detecta la mayoría de las diferencias.
Preguntas frecuentes
¿El patrón puede asumir el ISR de la persona?
Puede hacerlo, pero el impuesto pagado por cuenta de la persona se considera ingreso adicional (ingreso acumulable), por lo que debe calcularse un monto bruto.
¿Qué pasa si la persona tiene dos empleos?
Cada patrón retiene por separado. Al final del año, la persona debe consolidar sus ingresos en su declaración anual.
¿La retención de ISR es igual para todos?
No. Depende del ingreso gravable del periodo y de la tarifa.
¿Quién responde si se retiene de menos?
El patrón, que es quien está obligado a retener y enterar.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, fiscal ni contable. La normativa cambia con frecuencia: confirma la información vigente en fuentes oficiales (DOF, STPS, IMSS, SAT) o con un especialista antes de tomar decisiones.