PTU: cómo se calcula el reparto de utilidades
La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) es un derecho reconocido en la Constitución. Cada año, las empresas con utilidades fiscales reparten el 10% de su renta gravable entre su personal. Calcularla correctamente exige conocer quién participa, cómo se divide el monto, qué topes existen y en qué fecha debe pagarse.
Base legal y monto a repartir
El artículo 123 de la Constitución y los artículos 117 a 131 de la LFT regulan la PTU. El monto repartible es el 10% de la renta gravable determinada conforme a la Ley del ISR, es decir, la utilidad fiscal del ejercicio antes de la PTU, con los ajustes que la propia ley contempla. La empresa informa su declaración anual y la comisión mixta determina el proyecto de reparto.
Cómo se divide el reparto
El monto se separa en dos mitades iguales.
- Primera mitad: se reparte en proporción a los días trabajados por cada persona durante el año
- Segunda mitad: se reparte en proporción al salario devengado por cada persona durante el año
Para la segunda mitad, el salario considerado es la cuota diaria en efectivo; no se incluyen aguinaldo, primas, gratificaciones ni pago de tiempo extra.
Ejemplo numérico
Supón una utilidad repartible de $1,000,000. Cada mitad es de $500,000. Si entre todo el personal se trabajaron 36,500 días y se devengaron $18,250,000 en salarios, el factor por día es $500,000 ÷ 36,500 = $13.70 y el factor por salario es $500,000 ÷ 18,250,000 = 0.0274.
Una persona que trabajó 300 días y devengó $120,000 recibiría: 300 × $13.70 = $4,109.59, más $120,000 × 0.0274 = $3,287.67. Total de PTU: $7,397.26, sujeto al tope que se explica más adelante.
Quiénes participan y quiénes no
Participan los trabajadores con relación de trabajo en el ejercicio. Los eventuales participan si trabajaron al menos 60 días en el año. No participan los directores, administradores y gerentes generales. Los trabajadores de confianza sí participan, pero su salario se limita al del trabajador sindicalizado de mayor ingreso (o, si no hay, al del trabajador de planta más alto, aumentado en 20%). Hay personas morales exentas, como las empresas de nueva creación durante su primer año de operación.
El tope vigente
Desde la reforma de 2021, la PTU que recibe cada persona tiene un tope: el que resulte más alto entre tres meses de su salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años. Si por el tope sobra un excedente, se redistribuye entre quienes no lo alcanzaron.
Fechas de pago
La PTU debe pagarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración anual: normalmente el 30 de mayo para personas morales y el 29 de junio para personas físicas con actividad empresarial. Quien no la cobre en el plazo tiene un año para reclamarla; los montos no cobrados se suman al reparto del siguiente ejercicio.
Tratamiento fiscal y registro
La PTU está exenta de ISR hasta 15 UMA; el excedente se grava y se retiene. En el CFDI de nómina se reporta con su clave propia, separando la parte exenta de la gravada. Para el IMSS no integra el salario base de cotización.
Buenas prácticas
Integra la comisión mixta con tiempo, concilia el padrón de personal con días y salarios, calcula con una hoja o sistema revisado, comunica la fórmula y entrega un recibo detallado. Si la empresa recibe una objeción de los trabajadores sobre la declaración, debe atenderse en los términos de la ley. Un cálculo transparente reduce las inconformidades y las reclamaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el 10% de la PTU?
Es el 10% de la renta gravable de la empresa, no de las ventas ni de la utilidad contable.
¿Los trabajadores de honorarios reciben PTU?
Depende de si existe en realidad una relación laboral subordinada. Si la hay, tendrían derecho a participar.
¿Qué pasa si la empresa tiene pérdidas?
Si no hay renta gravable, no hay reparto de utilidades en ese ejercicio.
¿La PTU se calcula sobre el salario integrado?
No. Para la parte salarial del reparto se usa la cuota diaria en efectivo, sin prestaciones.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, fiscal ni contable. La normativa cambia con frecuencia: confirma la información vigente en fuentes oficiales (DOF, STPS, IMSS, SAT) o con un especialista antes de tomar decisiones.