Finiquito y liquidación: diferencias y cómo se calculan
Finiquito y liquidación se usan como sinónimos, pero no lo son. El finiquito es el pago de lo que la persona ya generó y se debe siempre que termina la relación laboral; la liquidación suma las indemnizaciones que corresponden cuando hay un despido injustificado. Calcular cada concepto con el salario correcto evita demandas y diferencias fiscales.
La diferencia en una frase
Finiquito: lo que ya ganaste y no se te ha pagado. Liquidación: el finiquito más las indemnizaciones por terminación a cargo del patrón. En una renuncia voluntaria hay finiquito; en un despido sin causa justificada hay finiquito y, además, indemnización.
Qué casos generan cada pago
El tipo de terminación determina qué se debe pagar.
- Renuncia voluntaria: finiquito (y prima de antigüedad si hay 15 años o más de servicio)
- Mutuo consentimiento o fin de contrato por tiempo determinado: finiquito
- Rescisión con causa justificada del patrón: finiquito, sin indemnización
- Despido injustificado: finiquito más indemnización y prima de antigüedad
- Rescisión por causa imputable al patrón: finiquito más indemnización
Conceptos del finiquito
Incluye todo lo devengado y no pagado a la fecha de baja.
- Salarios y percepciones pendientes
- Aguinaldo proporcional del año
- Vacaciones pendientes no disfrutadas
- Prima vacacional proporcional (25% como mínimo)
- Otras prestaciones pactadas, como la parte proporcional del fondo de ahorro
Ejemplo ilustrativo de vacaciones: una persona con tres años de antigüedad (16 días de vacaciones al año) laboró 120 días desde su último aniversario, con salario de $500. Le corresponden 16 × 120 ÷ 365 = 5.26 días, es decir $2,630.14, más $657.53 de prima vacacional.
Conceptos adicionales de la liquidación
Cuando el despido es injustificado o la persona rescinde por causa del patrón, se pueden agregar varios conceptos.
- Indemnización constitucional: tres meses de salario
- 20 días de salario por cada año de servicios, en los casos que la ley contempla, como cuando el patrón se niega a reinstalar
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por año de servicio, con un tope salarial de dos veces el salario mínimo
- Salarios vencidos: desde el despido hasta el pago, hasta por 12 meses, más intereses si el juicio se prolonga
Ilustración: con una antigüedad de tres años y salario integrado de $600, tres meses equivalen a 90 días × $600 = $54,000 y 20 días por año a 60 días × $600 = $36,000. A esto se suma la prima de antigüedad con su tope.
Con qué salario se calcula
No todo se calcula con el mismo salario. Las indemnizaciones de tres meses y de 20 días por año se calculan con el salario integrado. El aguinaldo y las vacaciones, con el salario diario ordinario. La prima de antigüedad usa el salario con el tope que fija la ley. Confundir las bases es una de las principales fuentes de diferencias.
Tratamiento fiscal
Cada concepto tributa distinto. El aguinaldo y la prima vacacional tienen una parte exenta expresada en UMA. Las indemnizaciones y la prima de antigüedad gozan de una exención de hasta 90 UMA por cada año de servicio; el excedente se grava con un método de cálculo especial. En el CFDI de nómina se reportan por separado, con la clave de separación indemnización o liquidación que corresponda.
Cómo documentar una salida sin riesgo
La mejor práctica es calcular con el área de nómina y un abogado laboral, entregar un recibo de finiquito detallado y, cuando haya una negociación, formalizarla con un convenio ratificado ante el Centro de Conciliación, que tiene efectos de cosa juzgada. Una firma por sí sola no impide que el trabajador reclame derechos irrenunciables que no se hayan pagado. Además, da la baja ante el IMSS dentro de los cinco días hábiles.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para pagar el finiquito?
Debe pagarse al terminar la relación o en el plazo pactado en el convenio. Retrasarlo aumenta el riesgo de reclamaciones.
¿Hay prima de antigüedad en una renuncia?
Sólo si la persona tiene al menos 15 años de servicio.
¿Un finiquito firmado cierra el tema?
No siempre. Los derechos irrenunciables siguen siendo reclamables; por eso conviene un convenio ratificado.
¿Cuánto prescribe una acción por despido?
Las acciones por despido prescriben en dos meses; las demás, por regla general, en un año.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, fiscal ni contable. La normativa cambia con frecuencia: confirma la información vigente en fuentes oficiales (DOF, STPS, IMSS, SAT) o con un especialista antes de tomar decisiones.