Legislación laboral

Licencias de maternidad y paternidad en México

Las licencias por maternidad y paternidad protegen a las familias trabajadoras y generan obligaciones claras para el patrón y para el IMSS.

Maternidad

La trabajadora tiene derecho a seis semanas de descanso antes del parto y seis después, con goce de sueldo íntegro. Puede transferir hasta cuatro semanas del periodo previo al posterior, con certificado médico.

El pago se hace mediante subsidio del IMSS al 100% del salario base de cotización.

Paternidad y adopción

Los padres tienen derecho a cinco días laborables con goce de sueldo por el nacimiento de sus hijos y por adopción. Quienes adoptan también tienen derecho a seis semanas de descanso con goce de sueldo si se trata de una madre adoptante.

Lactancia y protección

Las madres tienen derecho a dos periodos de media hora al día para amamantar o extraerse leche, durante seis meses, y a un lugar adecuado. Está prohibido despedir o discriminar por embarazo.

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir una prueba de embarazo para contratar?

No. Exigirla para contratar o conservar el empleo es una conducta discriminatoria.

¿Se pierde antigüedad durante la licencia?

No. El periodo de descanso se cuenta para antigüedad.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, fiscal ni contable. La normativa cambia con frecuencia: confirma la información vigente en fuentes oficiales (DOF, STPS, IMSS, SAT) o con un especialista antes de tomar decisiones.